El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido mantener la suspensión de la Ley 2/2025 de la Región de Murcia, la cual eliminaba la financiación directa y nominativa a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Esta medida ha sido ratificada tras un recurso presentado por el Gobierno central, argumentando que su aplicación podría causar perjuicios reales y evaluables.
Según el auto 23/2026 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la alta corte considera que levantar la suspensión de la norma autonómica generaría graves perjuicios para el interés general y para los intereses de terceros. Se destaca que la reforma legal debilita la posición jurídica de las organizaciones más representativas en la participación institucional, lo cual podría provocar un perjuicio significativo en caso de levantarse la medida de suspensión.
La decisión fue tomada por el Pleno compuesto por doce magistrados, presidido por Cándido Conde-Pumpido. Sin embargo, cinco de los miembros emitieron un voto particular a favor del levantamiento de la suspensión, argumentando que los daños alegados son meramente hipotéticos o tienen un contenido exclusivamente económico. Estos magistrados sostienen que la decisión mayoritaria va en contra de las previsiones del constituyente al desestimar la presunción de constitucionalidad de las leyes autonómicas.
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