El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto 1277/2003 con el objetivo de limitar la práctica asistencial a profesionales con la titulación y competencias adecuadas. Esta decisión surge a raíz de la detección de negligencias derivadas del intrusismo profesional, especialmente en el ámbito de la cirugía estética. La ministra de Sanidad, Mónica García, destacó la importancia de reforzar el marco normativo para garantizar la seguridad del paciente y prevenir eventos adversos en cualquier unidad asistencial.
Se establecerá la obligación legal de que los centros y servicios sanitarios aseguren que la atención sea prestada exclusivamente por personal con la titulación oficial, competencias y habilidades. Además, se exigirá a los establecimientos disponer de información actualizada de todo su personal sanitario, detallando su formación y especialidad oficial. Asimismo, se implementarán prácticas seguras para garantizar la seguridad del paciente a los profesionales de nueva incorporación.
La modificación del Real Decreto surge como respuesta a la suspensión cautelar de la Orden Ministerial que limitaba los profesionales autorizados a realizar cirugías estéticas. Esta reforma también actualiza el catálogo de unidades sanitarias, incorporando nuevas unidades y adaptando las definiciones obsoletas a los avances científicos actuales.
La nueva normativa entrará en vigor el 1 de julio, dando a los centros sanitarios un plazo de seis meses para actualizar la información de su personal. Las comunidades autónomas tendrán un año para adaptar su oferta asistencial a las nuevas definiciones del Real Decreto. Esta iniciativa busca alinear a España con el Plan de Acción Mundial para la Seguridad del Paciente 2021-2030 de la Organización Mundial de la Salud, fortaleciendo la calidad del Sistema Nacional de Salud y consolidando un modelo asistencial basado en la seguridad y la calidad clínica.
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