Herencia
El plenario del consejo local ha aprobado por unanimidad la iniciativa común presentada por el popular grupo municipal y VOX
El consistorio dio el edificio estatal de forma gratuita con el estado de devolución de la propiedad que no se dedica a ese propósito, «para lo que vemos más que conveniente esta solicitud, especialmente por el hecho de que no tiene una fecha específica de finalización de las obras»
«Nuestro objetivo es continuar los proyectos que hemos emprendido para la regeneración del Centro Histórico y los alrededores del ex colega colegial.
Lorca, 30 de junio de 2025. El alcalde Lorca, Fulgencio Gil, solicitó al gobierno central para que «tenga en cuenta nuestra solicitud de reversión a la herencia municipal de la propiedad que alberga las instalaciones actuales del palacio de justicia».
La propuesta común del popular grupo municipal y VOX ha sido aprobada por unanimidad en el plenario habitual de junio.
El primer alcalde quería enfatizar que «las consecuencias directas serán, entre otras cosas, que la continuidad se permite a los proyectos que se llevaron a cabo para regenerar el centro histórico y el entorno del ex colega colegial en San Patricio, donde se incluye el alcalde, donde se incluye el alcalde.
Debe recordarse que el plenario de la Corporación, en una sesión que tuvo lugar el 9 de diciembre de 1975, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: «Dé gratis al Estado y, en su nombre, al Ministerio de Justicia, exclusivamente para la construcción de un Palacio de Justicia, y condicionada por la inversión propuesta por la propiedad municipal de la herencia municipal, que se dedica a un cierto período de cierto período».
A esto, se agrega la orden del 31 de enero de 1977, mediante la cual la Dirección General de Finanzas, a través de la delegación del Ministerio del Interior, autorizó a la Ciudad de Lorca (Murcia) la transferencia gratuita al Estado (Ministerio de Justicia), del edificio de propiedades municipales mencionadas anteriormente.
Finalmente, en la segunda cláusula de la escritura pública para donar la propiedad, formalizada frente a un notario, el 20 de septiembre de 1978, se estableció que era la condición de este contrato que el propósito para el cual se llevó a cabo la misión fue «cumplida por el estado dentro de los cinco años» y que este destino se mantuvo «, en los siguientes dos, de acuerdo.
«Tenemos varias veces que conocer la evolución de las obras, el período final para su conclusión o el posible inconveniente, además de reclamar la coordinación efectiva necesaria entre ambas administraciones públicas, pero no tuvimos una respuesta. Por la ausencia de información por parte del gobierno de España, se agrega que no hay ciertos, concretos y la próxima vez para el final del nuevo palacio.
«Esta es la razón por la que entendemos la conveniencia de esta solicitud de pérdida del propósito o destino que motivó la misión acordada, de modo que la propiedad del Consejo Municipal regresará y puede dedicarse a cumplir los objetivos del interés público municipal, incluidos los objetos y los éxitos», concluyó Gil Jódar.